Solicitud de becas específicas para miembros de la Guardia Civil
Destinatarios:
Podrán solicitar las becas para los estudios de la Universidad, el personal de la Guardia Civil, en activo (Art. 87 y 88) y reserva (art. 87 y 93) Ley29/2014, sujetos al régimen de derechos y obligaciones de la Guardia Civil, los retirados de la Institución, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, que deseen cursar alguna de las titulaciones de la Universidad indicadas en la convocatoria y que cumplan las siguientes condiciones:
- Que hayan formalizado la solicitud de admisión para matricularse en alguna de las titulaciones indicadas en la convocatoria.
- Que estén en posesión de alguna de las vías de acceso para poder cursar los estudios solicitados.
Documentación:
- Certificación oficial firmada que acredite la vía de acceso a la Universidad con indicación de la calificación según proceda.
- Para hijos, cónyuges y parejas de hecho del Cuerpo:
- Documento acreditativo del vínculo familiar con el miembro del Cuerpo.
- Fotocopia de la TIP del personal del Cuerpo.
- Para personal del Cuerpo:
- Fotocopia de la TIP del solicitante.
Se considerarán incorrectas y por lo tanto no válidas las solicitudes presentadas parcialmente y/o aquellas que contengan datos erróneos; las solicitudes que no se acompañen de toda la documentación requerida, según el caso, o si la documentación aportada es ilegible; así como las solicitudes dirigidas a cursar estudios no incluidos en la presente convocatoria.
Dispone de la información completa en el texto de la convocatoria que puede consultar en el documento adjunto.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
CONVOCATORIA | 298.3 KB |